La prueba de presencia sustancial indica que a una persona se le considera residente de los Estados Unidos para efectos fiscales si cumple con los parámetros de estadía en el país en al menos:
- 31 día del año en curso, +…
- 183 días durante el periodo de 3 años en los que se incluyen: el año en curso y los 2 años anteriores.
- Durante estos 3 años se cuenta lo siguiente:
- Todos los días que la persona estuvo presente en el año en curso, +…
- 1/3 de los días que estuvo presente en el primer año anterior al año en curso, +…
- 1/6 de los días que la persona estuvo presente en el segundo año anterior al año en curso.
Si aún no comprendes por completo, te lo explicaremos con ejemplos
Digamos que un extranjero estuvo presente físicamente en los Estados Unidos durante 90 días (3 meses) en cada uno de los años consecutivos: 2023, 2022, 2021.
Determinemos juntos si esta persona cumple con la prueba de presencia sustancial o no.
- Para el año en curso «2023» se cuentan los 90 días enteros en los que estuvo.
- Del el año anterior «2022» se cuenta 1/3 de los 90 días en los que se estuvo. Es decir, 30 días.
- Del segundo año anterior «2022» se cuenta 1/6 de los 90 días en los que se estuvo. Es decir, 15 días.
Para cumplir con la prueba de presencia sustancial debe sumar 183 días dentro de EEUU. Hagamos las cuentas entonces:
90 días del año 2023 + 30 días del año 2022 + 15 días del año 2021 es igual a: 135 días.
Esto significa que no cumple con la prueba. Por lo tanto, no debe declarar impuestos.
Ahora coloquemos otro ejemplo de prueba de presencia sustancial.
Imaginemos que otro extranjero estuvo presente físicamente en los Estados Unidos durante 150 días (5 meses) en cada uno de los años consecutivos: 2023, 2022, 2021.
- En el año en curso «2023» se cuentan los 150 días en los que se estuvo presente en el país.
- En el año anterior «2022» se cuenta 1/3 de los días en los que se estuvo presente en el país. En total: 50 días.
- Y en el segundo año anterior «2021» se cuenta 1/6 de los días en los que se estuvo presente en el país. En total: 25 días.
Si hacemos esta suma tendríamos un total de 225 días, lo que supera los 183 días de la prueba.
Esto quiere decir que cumple con la prueba de presencia sustancial.
Inicio de la residencia en Estados Unidos
Ahora que ya sabes determinar si cumples o no con la prueba de presencia sustancial, debes entender también lo siguiente.
Se comienza a tomar en cuenta como extranjeros residentes a todas aquellas personas que cumplan con la prueba de presencia sustancial.
Desde el primer día en que ingresen a los Estados Unidos (luego de haber cumplido con la prueba) se comenzarán a contar los días como extranjero residente, excluyendo bajo 7701(b)(C)(ii) hasta 10 días de minimus de presencia previa.
Es importante destacar que hay excepciones para esta regla.
Los siguientes días de presencia en los Estados Unidos no se cuentan para la prueba de presencia sustancial:
- Los días en que viajan al trabajo en EE.UU. desde una residencia en Canadá o México si viaja regularmente a alguno de estos países.
- Días en que están en EE.UU. como miembros de la tripulación de una embarcación extranjera.
- Los días en que estén en EE.UU. por menos de 24 horas, cuando estén en tránsito entre dos lugares fuera de USA.
- Días en que no pueden salir de EE.UU. debido a una condición médica que se desarrolla mientras están en los Estados Unidos.
- Los días que son personas exentas (ya te daré más detalles sobre este concepto).
¿Qué áreas incluye el término “Estados Unidos” para la prueba de presencia sustancial?
También es importante que sepas qué áreas de los Estados Unidos están incluidas para la prueba de presencia sustancial. Estas son:
- Los 50 estados de EE.UU. y el Distrito de Columbia.
- Las aguas territoriales de EE.UU.
- El lecho marino y el subsuelo de aquellas áreas submarinas que son adyacentes a las aguas territoriales de los Estados Unidos y sobre las cuales el país tiene derechos exclusivos bajo el derecho internacional para explorar y explotar los recursos naturales.
Lo que no incluye el término «Estados Unidos» son los territorios de EE.UU. ni el espacio aéreo de EE.UU.
¿Qué determina a una persona como “Individuo exento”?
Como te comenté antes, no cuentan los días en los que eres un individuo exento.
Cabe destacar que no se refiere a exento de impuestos en los Estados Unidos, sino a cualquier persona dentro de las siguientes categorías:
- Maestro o aprendiz presente temporalmente en EE.UU. con una visa de tipo «J» o «Q», que cumple sustancialmente con los requisitos de la visa.
- Una persona que se encuentre presente temporalmente en EE.UU. como una persona relacionada con un gobierno extranjero con una visa de tipo «A» o «G» (que no sean personas que cuenten con visas de tipo «A-3» o «G-5»).
- Algún atleta profesional que se encuentre temporalmente en los Estados Unidos para competir en un evento deportivo benéfico.
- Un estudiante presente temporalmente en EE.UU. bajo una visa de tipo «F», «J», «M» o «Q», que cumple sustancialmente con los requisitos de la visa.
Por último, si se excluye los días de presencia en los Estados Unidos a los efectos de la prueba de presencia sustancial porque eras una persona exenta o porque no pudiste salir del país debido a una afección médica debes hacer lo siguiente:
- Incluye el Formulario 8843. Declaración para personas exentas e individuos con una Condición Médica, con su declaración de renta.
- Si no tienes que presentar una declaración de impuestos sobre la renta, envía el Formulario 8843 a la dirección indicada en las instrucciones para el Formulario 8843 antes de la fecha de vencimiento para presentar una declaración de impuestos sobre la renta.
- Si no presentas el Formulario 8843 a tiempo, no puedes excluir los días que estuviste presente en EE.UU. como individuo exento o debido a una condición médica. Esto no aplica si puedes demostrar, de forma clara y con evidencia convincente que tomaste medidas razonables para conocer los requisitos de presentación y los pasos importantes para cumplir con esos requisitos.
Ahora ya conoces cómo funciona la prueba de presencia sustancial para extranjeros en EEUU
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